Veamos este interesante video sobre los hechos de Bocas del Toro que nos envian desde la Red de Creativos por la Democracia.
Changuinola: testimonios de una masacre
Descarga el afiche promocional de la resistencia civil por la Democracia
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El daño y crueldad: situación de derechos humanos en Bocas del Toro
Situación de Derechos Humanos en Changuinola sigue sin ser atendida por el gobierno frente a sus responsabilidades como fuerza represiva.
Dan a la luz polémico informe de derechos humanos en la huelga de Changuinola
- HREV constata al menos 405 heridos, 4 muertos y 1 detenido-desaprecido durante la huelga de Bocas del Toro
-Las conclusiones del informe de la ONG de Derechos Humanos hablan de uso excesivo de la fuerza por parte de la policía, detenciones sin el debido proceso, torturas, racismo y deficiente atención médica
- Entregado el informe a la Alta Comisionada Adjunta de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
Son hechos y conclusiones que se desprenden del informe sobre la violación de Derechos Humanos elaborado por Human Rights Everywhere (HREV), una ong sin ánimo de lucro que lleva siete años trabajando en Latinoamérica y que durante 10 días trasladó a Bocas del Toro un equipo de voluntarios que han efectuado algo más de 300 entrevistas personales con los heridos y sus familiares, visitado las fincas bananeras, los centros de salud y la morgue. Entrevistas que han sido contrastadas y completadas con partes médicos oficiales, el trabajo realizado por voluntarios con los 68 enfermos trasladados a Panamá y los informes realizados por otras organizaciones como CEASPA, el Defesor del Pueblo, la ULIP y la Pastoral Indígena.
El informe fue presentado hoy en Changuinola ante la prensa y organizaciones sociales, y el pasado lunes le fue entregado a la Alta Comisionada Adjunta de las Naciones Unidas para los derechos humanos, Kyung-Wan Kang, de visita oficial en Panamá.
HREV aporta datos documentales (muertos, desaparecidos, heridos, tipología de las heridas, principales lugares de conflicto, detenciones y uso de fuerza); constata los hechos y analiza el papel del Estado en la crisis, y de otros actores, así como la vulneración de Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (al menos 10 derechos consignados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 8 artículos de la Constitución de Panamá).
En base a las entrevistas y a las fuentes documentales, HREV confirma la existencia de 4 muertos, 1 detenido-desaparecido (caso sobre el que aún no hay respuesta por parte del Órgano Judicial pese a mediar una denuncia) y al menos 405 heridos. Asimismo, concluye que queda probada la existencia de una grave vulneración de los Derechos Humanos por parte del Estado Panameño.
Las conclusiones del informe también plantean un uso de la fuerza “excesivo” por parte de la Policía; episodios de tortura en las detenciones; una atención medica deficiente y ausencia total de seguimiento a los heridos; y una atención por parte del Gobierno a las víctimas de carácter asistencialista sin que se haya contemplado el impacto psicológico postconflicto. A ello se une una falta de agilidad por parte del Órgano Judicial panameño a la hora de investigar y esclarecer responsabilidades y la difusión de información sobre los hechos insuficiente y parcial, en algunos casos intencionada.
Para concluir el informe recoge algunos de los testimonios más relevantes y una serie de recomendaciones que pasan por la creación de una comisión técnica independiente, con personal especializado en derechos humanos y acompañamiento internacional; la agilización de los procesos judiciales iniciados para esclarecer la responsabilidad de los funcionarios públicos; un plan urgente de atención a las víctimas (médica, psicológica, subsidios por bajas laborales, atención a los discapacitados); que se cree un sistema de monitoreo sobre la situación de Bocas del Toro con un mecanismo de alertas tempranas y en el que participen instituciones nacionales y locales, Defensoría del Pueblo y representantes de ONGs a iglesias. Además, pide la aplicación de las recomendaciones del Comité para la Erradicación de Todas las Formas de Racismo (CERD) de Naciones Unidas que se hicieron a Estado panameño en 2010. HREV también recomienda que se permita el acceso de defensores de Derechos Humanos, organizaciones y medios de comunicación a las informaciones y las instituciones para que puedan realizar su labor.
El equipo de HREV sigue trabajando sobre el terreno y recopilando nueva información, por lo que se presentarán actualizaciones de este informe. Se adjunta un resumen de los datos del informe, para solicitar el doucmento completo, escribir a info@comunasur.org
Descargar el informe aquí
CIDH EXPRESA PREOCUPACIÓN POR MUERTOS Y HERIDOS DURANTE MANIFESTACIONES EN PANAMÁ
Washington, D.C., 3 de agosto de 2010 - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación por los graves hechos de violencia ocurridos en una manifestación que tuvo lugar el 8 de julio de 2010 en Changuinola, Bocas del Toro, Panamá.
Según la información recibida, trabajadores de fincas bananeras de la provincia de Bocas del Toro decretaron paro general de labores a partir del 2 de julio de 2010, como medida de protesta contra la aprobación de la Ley 30, aprobada el 12 de junio por la Asamblea Nacional de Panamá y sancionada por el Presidente el 16 de junio. La información disponible indica que el 8 de julio, una manifestación organizada en el marco de la protesta contra algunos aspectos de esta ley relacionados con derechos sindicales y el derecho de huelga, fue reprimida por las fuerzas de seguridad, con un resultado de al menos dos personas muertas, más de un centenar de heridos y otro centenar de detenidos. La Comisión fue informada que se habrían librado órdenes de detención contra, al menos, 17 sindicalistas, las cuales posteriormente se habrían anulado. Asimismo, el 21 de julio el Gobierno de Panamá informó sobre la creación de una comisión especial para investigar los hechos.
La Comisión Interamericana recuerda al Estado panameño su deber de ejercer el control de las manifestaciones dentro del marco de respeto de los estándares interamericanos de derechos humanos. Como lo ha manifestado anteriormente: “La Comisión considera que los agentes pueden imponer limitaciones razonables a los manifestantes para asegurar que sean pacíficos o para contener a los que son violentos, así como dispersar manifestaciones que se tornaron violentas u obstructivas. No obstante, el accionar de las fuerzas de seguridad no debe desincentivar el derecho de reunión sino protegerlo, por ello la desconcentración de una manifestación debe justificarse en el deber de protección de las personas. El operativo de seguridad desplegado en estos contextos debe contemplar las medidas de desconcentración más seguras y rápidas y menos lesivas para los manifestantes.”
El Estado panameño tiene el deber de investigar los hechos violatorios de derechos humanos con arreglo al debido proceso, hasta su pleno esclarecimiento, así como juzgar a los responsables y reparar las consecuencias de las violaciones.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
Valentín Palacios, obrero desaparecido el 8 de julio de 2010. Visto por última vez, posiblemente herido y apresado por la Policía Nacional
Identificadas más víctimas de las acciones represivas del gobierno en Changuinola
Organismos sindicales, de derechos humanos y abogados solidarios con la Unidad de Lucha Integral del Pueblo (ULIP), nos han hecho llegar la lista de víctimas de la represión policial en Changuinola, capital de la provincia de Bocas del Toro.
Los nombres y fechas en que fallecieron estas personas siguen a continuación, aunque las causas “legales” de sus muertes tienden a encubrir la realidad de que perecieron producto de los perdigonazos y de los gases lacrimógenos.
- Antonio Smith, muere el 8 de julio, causa laceración pulmonar por perdigones.
- Einar Beker Salomón 10 meses de edad, muere el 10 de julio, entra a urgencias a las 6.00 a .m., no señala causa de muerte pero se denuncia que por asfixia producto de los gases lacrimógenos.
- Virgilio Castillo, muere el 10 de julio, causa de muerte laceración pulmonar por arma de fuego.
- Marcelina Carpintero, muere el 10 de julio, hora 1:50 p.m., causas no señaladas.
- Ilda Palacios, muere el 10 de julio, hora de entrada 5.00 p.m., causa “paro respiratorio”.
- Migdalia Ábrego, muere el 10 de julio, hora 7:45 p.m., causa “asma”.
- Florinda Peña, muere el 10 de julio, hora 6:00 p.m., causas no señaladas.
- Leandro Santos, cuyo cadáver fue trasladado a la morgue de Almirante. Causas no señaladas.
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